sábado, 21 de mayo de 2016

MARQUÉS DE ARGUDIN (PONTIFICIO)

El Título de Marqués de Argudin fue concedido a D. Victoriano Argudin y Cuervo, por el Pontífice León XIII, mediante Breve Pontificio dado en Roma el día 14 de abril de 1885.

D. Victoriano Argudin y Cuervo, vecino de la Habana (Cuba), Caballero de la Real Orden de Isabal la Católica y de la Real Pontificia y Militar del Santo Sepulcro, condecorado con la Cruz de Primera Clase del Mérito Militar y la Medalla de los voluntarios de Cuba, benemérito de la Patria.

 El Papa León XIII otorga a D. Victoriano Argudin y Cuervo, el título de Marqués mediante el siguiente Breve Pontificio:
“Al amado Hijo Victoriano Argudin y Cuervo de la Diócesis de San Cristobal de la Habana = León XIII, Papa = Amado Hijo, Salud y la bendición Apostólica = Corresponde al Romano Pontífice mostrarse benévolo y dadivoso a favor de aquellos varones ilustres por la fama de sus religiosidad y virtudes, que contribuyen con sus riquezas a hacer obras de piedad y beneficencia. Habiendo sabido que tú te recomiendas por estos méritos, hemos determinado engrandecerte con un título magnífico, que pueda trasmitirse también a tus sucesores y descendientes, con el cual tengas un perpetuo testimonio de nuestro especial afecto hacia ti y tu familia, y un estímulo para prestar en lo sucesivo mayores servicios a la religión Católica. Queriendo, pues condecorarte con un honor principal y absolviéndote y declarando que quedes absuelto, sólo para este efecto, de cualquiera sentencias, censuras y penas de excomunión y entredicho y demás eclesiásticas, fulminadas de cualquier modo o por cualquier causa, si acaso hubieres incurrido en algunas con nuestra autoridad Apostólica en virtud de estas Letras, honramos y engrandecemos con el título de Marqués a ti y a tus sucesores y descendientes, solamente en la línea masculina de los primogénitos, con tal que estos hayan nacido de legítimo matrimonio y perseveren en la Religión Católica y en la fe y adhesión a la Silla del Bienaventurado San Pedro. Por tanto, os concedemos a ti y a tus sucesores y descendientes antes dichos, que podáis y tengáis facultad libre y lícitamente de deciros y llamaros con este muy noble título en las escrituras públicas y privadas, en cualesquiera diplomas y también en las Letras Apostólicas y de usar y gozar de todos y cada uno de los derechos, honores, privilegios y preeminencias de que usan y gozan los demás condecorados con el título de Marqués, por disposición del derecho o por el uso y costumbre. Decretando que estas Nuestras Letras sean y hayan de ser firmes, válidas y eficaces y surtan y obtengan sus efectos plenarios e íntegros y favorezcan plenísimamente a aquellos a quienes toque o pueda tocar y que así deban juzgar y definir cualesquiera jueces ordinarios y delegados y que sea nulo y de ningún valor, si alguno con cualquier autoridad, a sabiendas o por ignorancia, llegase a atentar alguna cosa contraria sobre esto. Sin que obste nada de cuanto fuere en contrario. Dado en Roma en San Pedro con el anillo del Pescador, el día catorce de Abril de mil ochocientos ochenta y cinco, año octavo de Nuestro Pontificado = M. Cardenal Ledochowski, con rúbrica = Lugar + del Sello del Pescador”.

Instruido el oportuno expediente en el Ministerio de Gracia y Justicia, mediante Real Orden de fecha 30 de julio de 1886, se le autorizó para usar en España el Título Pontificio de Marqués de Argudin, abonando en 9 de agosto de 1886 en la Caja de la Administración Económica de Madrid, la cantidad de 10.640 pesetas, por el impuesto que grava estos títulos.


Su Majestad Alfonso XII con fechas 27 de agosto de 1886, autoriza a D. Victoriano Argudin y Cuervo, a usar en España el Título Pontificio de Marqués de Argudin, concedido por Su Santidad León XIII, conservando el carácter de su procedencia.


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